este Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se acuerda AMPLIAR EL RÉGIMEN DE PRUEBA por el lapso de un (01) año, a partir de la presente fecha a favor del acusado JHONNY MAURY DE LA HOZ, plenamente identificado en actas, por la concesión de la SUSPENSIÒN CONDICIONAL DEL PROCESO, otorgada en fecha 29-10-01, por haber sido acusado de los delitos de ESTAFA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano ANGEL FRANCISCO OSORIO MENDEZ. En consecuencia, se acuerda su inmediata libertad y oficiar al Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas a fin de que conozca la decisión de esta Juzgadora, así como al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, para dejar sin efecto la orden de aprehensión, y se ordena expedir constancia de lo decidido al acusado. El .....