Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto a la perdida del afecto marital dentro del matrimonio, formulada por la ciudadana profesional del Derecho LAILI JOSEFINA CASTELLANO FERRER actuando como apoderada judicial de la ciudadana MAIRELYS DEL CARMEN AZUAJE CHACIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-23.751.774, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano JESUS GERARDO CAMBAR BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-17.804.314, y de este mismo domicilio, se declara DISUELTO el matrimonio que contrajeron los cónyuges en fecha 25 de Mayo de 2016, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia de acta número 137, expedida por la mencionada autoridad civil......