a tenor de lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, declara en estado de ejecución la sentencia de Divorcio, dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha siete (07) de diciembre del 2012, misma que declarara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos HERNÁN ANTONIO BERMÚDEZ PIRELA y ANY DE LOS ÁNGELES SOTELDO MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. 16.428.653 y 15.479.623 respectivamente.