Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos: VICENTE ANTONIO FUENTES BRAVO y MAIROVIS COROMOTO BRITO LÓPEZ, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.338.448 y V-14.619.085, respectivamente y de este domicilio, en consecuencia de ello: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, según se evidencia en Acta de Matrimonio Civil, anotada bajo el Nº 122, Libro 1, Tomo 1, folios 400 al 402, año 1.995, la cual riela en autos al folio (06) del presente expediente; demostrándose con ello, que en fecha 27 de Julio de 1.995, c.....