En este estado este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: PRIMERO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) del SUELDO O SALARIO, que le pueda corresponder al ciudadano DANIEL GUZMAN RIVERO MEDINA, titular de la cedula de identidad N° V- 7.837.259como trabajador de la empresa PDVSA, a fin de garantizar dicha obligación alimentaría para la demandante antes identificada.-Las cantidades de dinero a embargarse sobre el sueldo o salario deberán entregarse personalmente a la ciudadana SIKIU MARGARITA RODRIGUEZ DE RIVERO, antes identificada.- Así mismo medida preventiva de embargo sobre EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL BONO VACACIONAL, UTILIDADES, LIQUIDAS Y COMISIONES que le puedan corresponder en el p.....