Por lo ante expuesto, este Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoara la Abogada SONIA BARBOZA RINCÓN contra la Sociedad Mercantil MC BEE DE VENEZUELA, también conocida como MAC BEE DE VENEZUELA, C.A., antes identificada y, en consecuencia, se ordena a la aludida empresa pagar y/o cancelar a la ciudadana SONIA BARBOZA RINCÓN, como Honorarios Profesionales, la cantidad de UN MILLÓN TREINTA MIL SETECIENTOS TRECE BOLÍVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs.1.030.713,30), y ASÍ SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE