Por los fundamentos antes Expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano JHON JAIRO VILLALOBOS FLORES, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V.-22.147.358, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, CINCO (05) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delitos de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal y AMENAZA CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal; todo de conformidad con lo previsto en los artículos 362 y 371 del Código Orgánico Procesal Penal
SEGUNDO: MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 numerales 3° y 6° del Código Orgánico Proc.....