PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de las siguientes actuaciones: 1) Decisión Nro. 3466-16, dictada en fecha 24 de noviembre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; 2) Los actos procesales anteriores y subsiguientes a la mencionada decisión; dejando vigente los actos de investigación; por existir violación al principio de la unidad del proceso, que lleva inmerso la garantía del Juez Natural y consecuencialmente del principio del Debido Proceso, previstos en el artículo 73 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, todo ello, en atención a lo establecido en el artículo 257 Constitucional, en concordancia con los artículos 13, 174, 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal, así como al criterio jurispruden.....