DISPOSITIVA
En virtud de lo cual y de conformidad con todos los razonamientos antes expuesto, este Órgano Jurisdiccional en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAY POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA Medida Innominada de Prohibición de Traspasar a favor de terceros los Servicios Públicos de Corpoelec, Cabigas, Basurvenca e Hidrolago de la Vivienda ubicada en Sector Las Delicias, hoy Delicias Viejas, Calle San José, Calle Manaure, en jurisdicción de la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia" y se ordena oficiar al Representante Legal cada Empresa de Servicio de la medida decretada.- Ofíciese y Líbrese Oficio.-