....Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN alegada por la empresa PETREX SUDAMÉRICA SUCURSAL DE VENEZUELA, S.A en lo que respecta a los tres (03) primeros periodos y el primer (1°) período laborados por los ciudadanos ELIÉZER JOSÉ RAMÍREZ RONDÓN Y RICHARD JOSÉ LATINE OSORIO, respectivamente expresamente señalados en la parte motiva de esta sentencia. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos ELIÉZER JOSÉ RAMÍREZ RONDÓN y RICHARD JOSÉ LATINE OSORIO, en contra de la entidad de trabajo PETREX SUDAMÉRICA SUCURSAL DE VENEZUELA, S.A., en consecuencia, se ordena la cancelación de la cantidad de Doce Mil Cuarenta y Un Bolívar con Veintisiete Céntimos (Bs. 12.041,27), por los conceptos y montos discriminados en la parte motiva de la presente decisión. No hay condenatoria en costas.