Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA el traslado del penado LIYERSON DANIEL VILLEGAS DELUQUEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, de 34 años de edad, soltero, Bedel, titular de la cedula de Identidad N° 18.120.603, hijo de Edy Maria de Luque y de Carlos Daniel Villegas Castillas y residenciado en el Barrio Torito Fernández, Avenida 111B, casa No. 79F-72, cerca del Abasto La Cachaca, Maracaibo ¿ Estado Zulia; desde el Internado Judicial de Coro ¿ Estado Falcón hasta la Cárcel Nacional de Maracaibo, en virtud de que en este Estado se encuentra su causa y grupo familiar. En tal sentido, se acuerda oficiar al Director del Establecimiento Penitenciario de esta ciudad y al Director del Internado Judicial de Coro ¿ Estado Falcón, a los fines de notificarles la presente resolución, y al Viceministro .....