Por los fundamentos expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ALEXANDER ANTONIO NAVARRO CAMPOS y MAYRA ALEJANDRA ZABALA MARCANO, antes identificados, ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia Bolívar del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, el día 15 de Noviembre de 2002, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No. 184.-