Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el derecho a percibir Honorarios Judiciales que tiene la ciudadana IRIS NAVA GALLARDO, anteriormente identificada, en el Juicio que por Intimación y Estimación de Honorarios sigue en contra de los ciudadanos MANUEL BARROSO, RAIZA CUBILLAN y JOSE RAFAEL OCANDO, anteriormente identificados, con el carácter de directores de la Junta de CONDOMINIO CONJUNTO RESIDENCIAS GRADANA.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
Se hace constar que la profesional del derecho IRIS NAVA GALLARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.724, actuó en el proceso en defensa de sus derechos e interés propios y el Abogado en ejercicio LUIS BASTIDAS DE LEON, inscrito en el Inpreab.....