En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: Homologa el presente convenimiento, le da el carácter de cosa Juzgada y declara terminado el presente juicio, que por OBLIGACION ALIMENTARIA, sigue AMMY ANDREINA LUGO GARCIA, contra el ciudadano NILSON DE JESUS GUERRERO DELGADO, a favor del menor DIXON ALEXANDER GUERRERO LUGO, se ordena oficiar al Banco Banfoandes para aperturar una cuenta de ahorro a nombre de este Juzgado a beneficio de la menor y autorizando a la madre para su movilización le da el carácter de cosa juzgada y ordena se tenga como sentencia firme.- ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del juzgado del Municipio Colón y Francisco Javier pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Santa Bárbara de Zulia, a los Veinte (20) día del mes de Febrero del Dos Mil Ocho (2008). AÑOS: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez,
Abog. José M. .....