DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA Ejecutado el fallo dictado en la presente causa y DECRETA el Cómputo de la Pena a cumplir por el penado MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ CABELLO. Se acuerda oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, Departamento Médico-Psicológico, solicitando se le brinde orientación y controles necesarios, esenciales en su proceso de reinserción a la Sociedad Regístrese, Notifíquese remítanse las copias de ley anexadas a oficios.