En virtud de los razonamientos y fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO, CONSTITUIDO EN FORMA MIXTA CON ESCABINOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: SENTENCIA CONDENATORIA en contra del acusado MÁXIMO JUNIOR CARRASQUERO, venezolano, natural de Maracaibo, soltero, titular de la cedula de identidad No. V-18.743.224, fecha de nacimiento 07-08-1979, de 26 años de edad, de profesión u oficio vendedor de verduras, hijo de Máximo Darío Guerra y Elsa Josefina Carrasquero, residenciado en el Barrio Colina de González, calle 114, casa 235D-79, cerca de la caseta de Miraflores de esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, a quien el Ministerio Público le atribuyó la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 460 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de l.....