DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. EXTINGUIDO EL PROCESO que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA interpusiera la ciudadana MARYS LUZ LÓPEZ DE NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad número V- 4.143.846, domiciliada en el municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, contra el ciudadano ELIO ROBERTO CARRERO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, abogado, identificado con la cedula de identidad número V-4.143.847, domiciliado en el municipio Rosario de Perijá del estado Zulia;