..este Tribunal decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES (Bs. 1.814.625,00), suma ésta que comprende el doble de la cantidad demandada, es decir, la cantidad de Ochocientos Seis Mil Quinientos Bolívares (Bs. 806.500,00) más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal a razón del veinticinco por ciento (25%). En caso de recaer dicha medida sobre cantidades líquidas, se fija el monto de UN MILLÓN OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO BOLIVARES (Bs. 1.008.125,00), cantidad ésta que comprende el valor de la suma demandada, más el veinticinco por ciento (25%) de las costas, de conformidad con el artículo 648 del Código de Procedimiento Civil. A los fines de hacer efectiva la medida aquí decretada, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del .....