DECISION
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por los abogados LEIDY CAROLINA GUERRERO MARTÍNEZ y FRANK ALEXIS GONZÁLEZ SEPÚLVEDA, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano JOSÉ JESÚS SALAZAR BRITO, contra la sentencia dictada en fecha veinte (20) de noviembre de 2014 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: Notifíquese al accionante la presente decisión.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los veinte (20) días del mes de Enero de dos mil quince (2015). Años: 20.....