DECRETA: PRIMERO: Seguir la presente causa por los tramites del Procedimiento Ordinario, conforme a los artículos 551 y 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Decreta para el Adolescente imputado CONFIDENCIALIDAD, de nacionalidad venezolana, natural de San Francisco, nacido en fecha 21-08-1994, de 17 años de edad; las MEDIDAS CAUTELARES MENOS GRAVOSAS, previstas en el articulo 582, literales "b", "c" y "f" correspondientes el literal "b" la obligación del adolescente de someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal; el literal "c" la obligación del adolescente de presentarse junto con su representante legal cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS por ante la Oficina de Presentación de Imputados adscrita al Departamento del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, comenzando sus presentaciones el día Lunes 23-01-2012 a partir de las 8:30 AM hasta las 3:30 PM, formando parte de esta obligación, consignar Constancia de Estudios y Cart.....