En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JULIO EMILIO CASARES, a los ciudadanos LINA MAGDALENA GONZÁLEZ FERRER, JULIO ENRIQUE CASARES GONZÁLEZ, DELIA MERCEDES CASARES GONZÁLEZ, ALICIA MARGARITA CASARES GONZÁLEZ y CECILIA CHIQUINQUIRÁ CASARES GONZÁLEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-1.095.529, V-5.814.375, V-7.718.180, V-8.505.212 y V-10.411.464, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa su certificación, a los fines de que repose en el archivo del Tribunal copia certificada de la solicitud.
LA JU.....