Por los fundamentos antes expuestos y analizados este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO, del vehículo cuyas características son las siguientes: Marca Ford, Modelo 350, Clase Minibús, Placas 020 XHH, Serial de Carrocería 1FDKE30G8JHB23990, Color Blanco, Serial del Motor 8 k0515cmj, según factura N° 060 EXPEDIDA POR INRIACA IMPORT, Año 1988, Uso Carga, al ciudadano DELVIS JOSÉ MORALES CHOURIO, titular de la cédula de identidad N° V-5.169.828, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal en su Segundo Aparte, quién deberá cumplir con las siguientes Obligaciones: 1.- Presentar el vehículo ante este Tribunal cada vez que este asi lo requiera; igualmente se ordena oficiar al Estacionamiento Judicial Los Hermanos, donde se encuentra retenido el vehículo, objeto de la presen.....