En consecuencia, dadas las argumentaciones expresadas en estos considerandos, este Juzgador se ve conminado a declarar en la Dispositiva del presente fallo, SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, y como derivación de ello, CONFIRMADA la decisión recurrida. Así se decide.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la profesional del derecho LISEY LEE, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil S.N.F. FLOERGER, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, el 04 de noviembre de 2005.
CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado .....