DISPOSITIVO DEL FALLO
Con mérito en los argumentos precedentes este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la Junta de Condominio del EDIFICIO TORRE 12, que se encuentra registrado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de fecha 29 de septiembre de 1980, bajo el N° 29, protocolo 1°, tomo 19, representada judicialmente por los abogados los ciudadanos EUGENIO LÓPEZ SIMANCAS y JOSÉ ENRIQUE MARTINEZ PAZ, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 87.702 y 103.071 respectivamente, en contra de la S.M. INVERSIONES LEVALE, C.A., inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Primera de la Circunscripción Judicial Civil del Estado Zulia, el 25 de agosto de 1989, bajo el N° 23.....