IV
DECISION
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos, en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los ciudadanos JOSE MANUEL NUÑEZ FERRER y ANDREINA COROMOTO LISBOA URDANETA en fecha cuatro (04) de julio de dos mil nueve (2.009), ante el Prefecto Civil y Secretario, respectivamente, de la parroquia Cristo de Aranza de esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, tal como se evidencia del acta de Matrimonio signada con el No. 189, acompañada a los autos en copia certificada.-
Se ordena oficiar al Registro Civil de la parroquia Cristo de Aranza de esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, así como al Registro Principal del estado Zulia, a objeto de que estampen la Nota Marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.....