Por todos los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Primera Instancia, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECRETA:
PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano: JOSE ALVEIRO SANTANA FIERRO, de nacionalidad venezolano, natural de La Fría, Estado Táchira, alfabeta, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 27-10-1987, titular de la cédula de identidad N° V-17.497.628, por cuanto llena los extremos del artículo
93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Proseguir las secuelas del proceso por la vía del procedimiento
Especial previsto en el artículo 94 de la ley especial que rige la materia.
TERCERO: Libertad sin restricciones del ciudadano: JOSE ALVEIRO SANTANA FIERRO, de nacionalidad venezolano, natural de La Fría, .....