DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la defensa de Cosa Juzgada opuesta por la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSORA MIZE LAMEDA, C.A.
SEGUNDO: Sin lugar la demanda, que por Prestaciones Sociales tiene incoada el ciudadano HENRY JOSÉ CARDOZO, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSORA MIZE LAMEDA, C.A.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.