Por los fundamentos expuestos, éste TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda:
PRIMERO: ENTREGAR EN PLENA PROPIEDAD a la ciudadana MAGDALENA ELENA NAVA BRIÑEZ, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7-609.584, invocando el carácter de propietaria del vehículo: MARCA: CHEVROLET; MODELO: C-10; AÑO: 1982; COLOR : AZUL; CLASE: CAMIONETA; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA; SERIAL DE CARROCERÍA: CCD14CV209956; SERIAL DEL MOTOR: DCV208835; PLACAS; 048-VBJ, adquirido según documento Compra-venta autenticado por ante la por ante la Notaría Pública del Municipio Jesús Enrique Lossada de fecha 17 de Octubre de 2000, anotado bajo el N° 37, Tomo 08 de los Libros respectivos, todo de conformidad con lo previsto en los artículo 115 de la Constitución Nacional, 311 del Código Orgánico Procesal Penal y 1.....