Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Superior de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, y competencia territorial en el estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Competente para conocer el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ABSTENCIÓN O CARENCIA presentado por la abogada VIGGY INELLY MORENO ORTEGA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número V-11.281.283, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.045, actuando con el carácter de Defensora Pública Provisoria Primera, extensión Cabimas, en representación de los ciudadanos YORMARA DEL CARMEN BARRERA LOYO y OMAR ANTONIO BARRERA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.984.889 y V-11.245.622, domiciliados en el sector Chipororo, parroquia La Victoria, municipio Valmore Rodríguez del estado Zulia;.....