PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio JIANCARLO ROCCA MICHELENGELLI, contra sentencia interlocutoria, de fecha veintinueve (29) de octubre de dos mil veinte (2020), dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la cual se declara la inadmisibilidad de la Recusación.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia apelada en su dispositivo, y se ordena al JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA a iniciar el procedimiento respectivo.