Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE SALARIOS RETENIDOS Y OTROS CONCEPTOS LABORALES mencionados en el libelo de la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA ISABEL AULAR HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 5.162.067, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia., en contra del demandado ciudadano OSCAR MONTIEL, plenamente identificado en las actas del presente expediente.