PRIMERO: SE HOMOLOGA la transacción laboral celebrada entre la parte demandante ciudadano RAFAEL ANTONIO GUTIÉRREZ CHIRINOS, y parte codemandada el ciudadano DANILO VILLALOBOS FERNÁNDEZ y la SOCIEDAD MERCANTIL AGUA RICA S.A, todos plenamente identificados en las actas procesales, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: El Tribunal acuerda el archivo definitivo tanto sistemática como físicamente del expediente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de lo acordado.