este Tribunal que se encuentran llenos los extremos del artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, decreta para cubrir la obligación y las costas reclamadas en el presente juicio, MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes propiedad de la parte co-demandada, sociedad mercantil DESARROLLOS EL PEDREGAL C.A., hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CIENTO NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 3.227.489,191), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada, UN MILLON CUATROCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS, CON DIECISIETE CENTIMOS, (Bs. 1.403.256,17), más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal a razón del treinta por ciento (30%). En caso de que la presente medida recaiga sobre cantidades líquidas de dinero, la misma se hará por la cantidad, UN MILLON CUATROCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS, CON DIECISIETE CENTIMOS, (Bs. 1.403.256,17), cantidad esta que comprende la suma demandada, más la.....