ESTE TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA , SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE SECUESTRADO PREVENTIVAMENTE, el bien inmueble antes descrito y hace entrega del mismo al representante de la Secuestrataria, ciudadano: NERIO JOSE LEAL BOHORQUEZ, antes identificado, quien estando presente declara recibirlo conforme a derecho y a los efectos de ley..