Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Secuestrado Preventivamente el inmueble anteriormente identificado y donde se esta constituido, por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, tal y como fue determinado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la parte demandante-secuestrataria judicial designada, quien lo recibió completamente desocupado.-