Este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte apelante, abogados en ejercicio, MARYLOLA BRITO FRANCO, LUIS CARREÑO PINO y GEYBERLTH ALFONSO, en contra del auto dictado en fecha 24-09-04, por el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se confirma el auto dictado en fecha 24-09-04, por el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, ampliando su contenido en cuanto a la prohibición de afectar bienes que no sean propiedad del deudor. TERCERO: Se condena en costas a la parte apelante por haber resultado totalmente vencida en el presente.....