DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
• SE REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado de esperar y obtener las resultas de la comisión librada dirigida al Director de la Oficina General de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de agosto de 2022, bajo el oficio No. 16-163-22, con fecha de recibido de 06 de octubre de 2022, para la citación de las codemandas en la presente causa.
• No hay condenatoria en costa por la especialidad del fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los artícul.....