Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento efectuado por la abogada en ejercicio FRANCIS DAYANA GUANIPA HIDALGO, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil DECORACIONES FABIOLA C.A, cuyo Gerente General es el ciudadano RICARDO HELI ANGULO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.162.974, y domiciliado en los Estados Unidos de Norteamérica, en la presente causa de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoada en contra de la sociedad mercantil XTREME TEL, C.A, inscrita en el Regis.....