En virtud de todas las razones que anteceden, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a los artículos 12, 506 y 509 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.167 del Código Civil y por todas las razones de hecho y de derecho, declara CON LUGAR la presente acción que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION COMPRA-VENTA fuera incoada por los Ciudadanos ROBERTO ANTONIO NAVAS SANCHEZ Y JANIER CAROLINA HERNANDEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nos. 7.606.302 y 8.371.058 contra LA EMPRESA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS MARVEL, S.T, C.A, representada por la ciudadana MARIANA RODRIGUEZ LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.421.288.