DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ratifica la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, decretada en fecha treinta (30) de marzo del año dos mil dieciséis (2016), desplegada en el fundo agropecuario denominado "LA ESPERANZA", ubicado en el Sector El Llano, Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, el cual abarca una superficie aproximada de DOS MIL DOSCIENTAS SESENTA HECTÁREAS CON ONCE CENTIÁREAS (2.260,11), alinderado de la siguiente manera: Norte: Terreno ocupado por Elimenas Chourio y Fundo El Porvenir; Sur: Terreno ocupado por Fundo Aponcito y Fundo La Reina; Este: Terreno ocupado por Fundo Macoita y Fundo El Porvenir; Oeste: Terreno ocupado por Fundo La Esperanza que es o fue de C.....