DISPOSITIVO
Es por los motivos de hecho y de derecho expuestos previamente que este Tribunal, JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia por autoridad de la ley; decide:
PRIMERO: La CONFESION FICTA de la parte demandada en el presente juicio, ello conforme a lo establecido en el Artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda que por ACCION RELATIVA A LA SERVIDUMBRE DE PASO, intentó el ciudadano STALIN HUMBERTO YANEZ ZERPA, en contra del ciudadano JUAN CARLOS COY, identificados anteriormente.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Oficina de Registro Subalterna de los Municipios de Jesús Maria Semprún, Catatumbo, Colón y Francisco Javier Pulgar del estado Zulia, para que se sirva estampara las correspondientes notas marginales en los documentos.