CUARTA
Dispositiva
• Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos: CRUZ MANUEL GONZALEZ BRITO y ANA JOSEFINA BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-11.446.826 y V-11.446.670, respectivamente, en consecuencia de ello: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, según se evidencia en Acta de Matrimonio Civil, celebrado en fecha 20 de Junio del año Mil Novecientos Ochenta y Cuatro (1.984), por ante la Prefectura del Municipio Caripe, Estado Monagas.
Publíquese, Regístrese, Diarícese, Déjese Copia debidamente Certificada.
Dado, firmado y sel.....