Vista la Transacción suscrita y presentada por las partes en la presente causa, y por las razones expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes intervinientes en el presente procedimiento judicial, ciudadano JOSÉ FERNÁNDO OTALORA OTALORA, y la Sociedad Mercantil "INVERSIONES CARLOS & ALEJANDRO, COMPAÑÍA ANONIMA", el Tribunal acuerda lo pactado entre las partes en transacción de fecha 14 de agosto de 2008, así mismo se imparte su aprobación dándole el carácter de Cosa Juzgada, y ordenando no archivar el expediente hasta tanto no conste en autos, el pleno y total cumplimiento de la parte demandada, de su obligación convenida de desocupar y entregar el inmueble objeto de la transacción al demandante, dentro del plazo convenido, a su total satisfacción, .....