DECRETA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO, en contra de la GILBERTO JOSE GOMEZ MARTINEZ, por la comisión del delito VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZAS Y VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA, previstos y sancionados en los Art. 39, 41 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de YNERIA PEROZO DE GOMEZ, de conformidad con el Numeral 2º del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que la misma llena los extremos establecidos en el articulo 326 del Código Orgánico procesal penal, en virtud de los hechos descritos en forma clara, precisa y circunstanciada en el escrito acusatoria los cuales se dan por transcritos en esta acta, y considerando perfectamente adecuada la calificación jurídica de los mismos hecha por el Ministerio Publico, por lo que este Tribunal convoca a las partes para que en un plazo común de cinco días comparezca por ante el Tribunal de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal; y da instr.....