DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, los cuales son orientados por los Principios mínimos generales de contención y limites al Sistema Penal del Adolescente, así como las Disposiciones que en este sentido contraen las Normas Legales Especializadas, los instrumentos internacionales para la Justicia de Jóvenes y la propia Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Primero de Juicio en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE LA DEFENSA de los adolescentes XXXXXXXXXX, suficientemente identificado en autos. En consecuencia se Mantiene la Medida de Prisión Preventiva. Notifíquese de la presente Decisión. Impóngase al acusado. Se deja constancia que la Defensa en el presente caso para los actos subsiguientes es la Abogada DELIS THAMARA RASCHERI. Cúmplase.
LA JUEZA DE JUICIO,
ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.
LA SECRETARIA,
ABG.....