Esta Corte de Apelaciones, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la Ciudadana Abogada SULIMA BEYLOINE, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano JUAN CARLOS ROJAS ROJAS; contra el auto dictado de fecha 18 de Mayo de 2007, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ese Tribunal negó la entrega de un vehículo marca: marca: Jeep, Modelo: Grand Cherokee, Clase: Camioneta, Tipo: Sport-Wagon, Color: Azul, año: 2002, Uso: Particular, Placa: MBY89V, serial de carrocería: 8Y4G248S521101379, serial de motor: 6 CIL. SEGUNDO: De oficio Se ORDENA la entrega del vehículo en mención, en base a los razonamientos que supra se han expuestos. A tal efecto líbrese oficio al estacionamiento señalado en los autos informándole de ello. Asimismo, deberá imponérsele al solicitante JUAN CARLOS ROJAS ROJAS que la entrega del vehículo descrito es en guardia y custodia; y, en r.....