DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: 1) RATIFICAR las Medidas de Protección y Seguridad para la victima, contempladas en el Artículo 87, Ordinales 3°, 5°, y 6° de la Ley especial. 2) LA EJECUCION FORZOSA de las medidas de Protección y Seguridad impuestas al presunto agresor, de conformidad con lo establecido en el articulo 87 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, numerales: 3°: La salida inmediata del presunto agresor de la residencia común, por considerar que se encuentra en riesgo tanto la integridad física como psicológica de la víctima, se le autoriza llevar consigo solo sus objetos personales, instrumentos o herramientas de tr.....