Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: ENTREDICHA DEFINITIVAMENTE a la ciudadana MARÍA ELENA ESCORCIO DE DE ARAUJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.603.776, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en la INTERDICCIÓN incoada por el ciudadano JOSÉ SALVADOR DE ARAUJO GONCÁLVEZ, contra la ciudadana MARÍA ELENA ESCORCIO DE DE ARAUJO. En consecuencia se designa de conformidad con lo previsto en el artículo 399 del Código Civil, TUTOR DEFINITIVO al ciudadano FRANCISCO ANTONIO DE ARAUJO ESCORCIO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 18.287.223 y domiciliado en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, y de este domicilio.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la Sentencia dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE P.....