Se evidencia que en fecha 16-11-2.015, se admitió la presente causa y se ordenó la notificación de la Representación Fiscal tal y como se desprende del auto que riela al folio 09, así como la diligencia suscrita por el Abogado DANIEL RAFAEL MARCANO, quien actuando con su carácter acreditado en autos consignó la publicación que se le hiciera al cartel de notificación debidamente librado al demandado, el cual fue agregado a los autos mediante auto dictado en esa misma fecha, siendo el referido auto la ultima actuación procesal en la presente causa, lo cual demuestra el desinterés procesal de la solicitante para la continuidad del proceso; lo que trae como consecuencia que desde la fecha señalada exclusive, hasta la presente fecha 19-07-2.017 inclusive, ha transcurrido un (01) año, tres (03) Meses y diecinueve (19) días, sin que la solicitante efectuara acto de procedimiento alguno; motivo por el cual opera la perención de pleno derecho la cual puede decretarse de oficio, y de acuerdo a l.....