Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de febrero de 2013, por el abogado en ejercicio ÁNGEL ENRIQUE MENDOZA, quien se tribuye la representación del ciudadano LUÍS LUNG HIL, plenamente identificados en actas, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 01 de febrero de 2013, la cual declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional propuesta, por lo que se confirma la referida decisión.-
2.- NO HAY CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza de la presente decisión.-
Publíquese, regístres.....